EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5710/12

ARTICULO 1º: Rectifíquese el Art. 1º de la
Ordenanza Nº 5158/10, el que quedará redactado

——————– de la siguiente manera:
Artículo 1º:
Autorícese la incorporación al Área Urbana del Inmueble
Designado según Nomenclatura Catastral: Quinta 586, Parcela I, perteneciente al
Sr. Jorge Lago con D.N.I. 23.551.324 de nuestra Ciudad.

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.

EXPTE Nº 12.285/12.