EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5731/12
ARTICULO 1º:
Desaféctanse del Area Complementaria Uno (AC1) de la ciudad de
——————
Chacabuco, los predios designados catastralmente como:
- C.: 1, Sc.: K, Qta.: 790, Pc.: 3. Pda inmobiliaria N° 15.356. Ubicado
entre calles: Combatiente de Malvinas, Castelli, Dr. Casale y Gral Conesa. - C.: 1, Sc.: K, Qta.: 791, Pc.: 1. Pda inmobiliaria N° 2.465. Ubicado
entre calles: Combatiente de Malvinas, Castelli, Dr. Casale y Dr Favaloro. - C.: 1, Sc.: K, Qta.: 792, Pc.: 1b. Pda inmobiliaria N° 3005. Ubicado
entre calles: Combatiente de Malvinas, Veronelli, Dr. Casale y 628. - C.: 1, Sc.: K, Qta.: 784, Pcs.: 1 y 2. Pdas inmobiliarias 3.011 y 27.864
respectivamente. Ubicado entre calles: Sosa, Discépolo, Combatientes de
Malvinas y 630. - C.: 1, Sc.: K, Qta.: 794, Pc.: 1. Pda inmobiliaria: 3.007. Ubicado entre
calles: Casale, Discépolo, Combatientes de Malvinas y 638. - C.: 1, Sc.: K, Qta.: 801, Pc.: 1. Pda inmobiliaria N° 3.010. Ubicado
entre calles: Casale, 628, Tulio Spinetti y Veronelli.
- C.: 1, Sc.:G, Qta.: 473. Pda inmobiliaria N°
2.489. Ubicado entre calles: Domínguez, Fages, Montesano y Vidal. - C.: 1, Sc.: M, Qta.: 910, Pc.: 3. Pda inmobiliaria N° 35.060. Ubicado
entre calles 340, 9 de Julio, 344 y 25 de Mayo.-
ARTICULO 2º: Desaféctanse del Area
Complementaria Dos (AC2) de la ciudad de
——————
Chacabuco, los predios designados catastralmente como:
- C.: 1, Sc.: M, Qta.: 936, Pcs.: 1,2,3 y 4. Pdas inmobiliarias N° 2.524,
14.651, 2.525 y 20.229 respectivamente. Ubicado entre calles: 352, 9 de
Julio, 356 y Avda Máximo Gil. - C.: 1, Sc.: M, Qta.: 919, Pcs.: 1 y 2. Pdas inmobiliarias N° 1.137 y
26.154 respectivamente. Ubicado entre calles: 344, Alte Brown, 348 y 9 de
Julio. - C.: 1, Sc.: N, Qta.: 1.010, Pcs.: 1 y 2. Pdas inmobiliarias N° 3.006 y
11.471 respectivamente. Ubicado entre calles: Discépolo, Tulio Spinetti, 638
y 144.-
ARTICULO 3º: Desaféctase de la zona de
Reserva para Completamiento de Tejido Tres
——————
(ZReCT3) de la ciudad de Chacabuco el predio designado catastralmente como:
- C.: 1, Sc.: K, Qta.: 773, Pcs.: 1, 2, 3, 4 y 5. Pdas inmobiliarias N°
11.765, 4.091, 11.768, 11.766 y 11.767. Ubicado entre calles: Castelli,
Rocha, Veronelli y Sosa.-
ARTICULO 4º: Desaféctase de la Zona
Industrial Uno (ZI1) de la ciudad de Chacabuco
—————— el predio designado catastralmente
como:
- C.: 1, Sc.: F, Qta.: 424, Pc.: 18a. Pda inmobiliaria N° 32.449. Ubicado
entre calles: Dr. Fernández, Vicente López, Matheu y Bernardo de Irigoyen.-
ARTICULO 5º: Los
predios mencionados en los artículos precedentes pasan a integrar
——————
el AREA URBANA de la ciudad de Chacabuco conformando respectivamente
SECTORES PARTICULARIZADOS.-
ARTICULO 6º: Crease un SECTOR
PARTICULARIZADO en los predios ubicados en
—————— el
Area Urbana de la localidad de Rawson y designados catastralmente como:
- C.: 8, Sc.: F, Mz.: 67, Pc.: 1a. Pda
- C.: 8, Sc.: F, Mz.: 68, Pc.: 1a. Pda
inmobiliaria N° 9.286. Ubicado entre calles: Mitre, Junin, Sarmiento y La
Plata.
inmobiliaria N° 17.144. Ubicado entre calles: Sarmiento, Junin, Saavedra y
La Plata.
ARTICULO 7º: Los referidos SECTORES
PARTICULARIZADOS conformarán un
—————— Distrito de Urbanización
Especial (DUE) y tendrán como destino crear
parcelamientos dentro del Programa Municipal de Urbanización "Chacabuco para
Todos", conforme a lo establecido en el Decreto Provincial 807/95 y en el marco
del "Plan Familia Propietaria".-
ARTICULO 8º : Se fijan para los mencionados
sectores los siguientes indicadores
——————–
urbanísticos:
Factor de Ocupación del Suelo (FOS): 0,60.
Factor de Ocupación Total (FOT): 1
Densidad (Dn): Una vivienda por parcela (130
Hab./Ha)
Dimensiones mínimas de las parcelas: Frente: 10
mts. Superficie: 250 m²
Usos: Viviendas unifamiliares.
ARTICULO 9º: Los servicios de
infraestructura básica a proveer en éstos sectores son:
——————–
apertura de calles, mejorado, desagües pluviales, agua corriente, energía
eléctrica y alumbrado público.-
ARTICULO 10º: Se dará cumplimiento al
Articulo 56 del Decreto-Ley Provincial
———————-8912/77
cediendo las superficies mínimas correspondientes en concepto de Reserva para
Equipamiento Comunitario y Espacio Verde y Libre Público.-
ARTICULO 11º: La presente Ordenanza tendrá
vigencia a partir de la aprobación por
———————- parte del Poder Ejecutivo
Provincial, conforme lo determinado por el Decreto Ley Provincial 8.912/77.-
ARTICULO 12º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.302/12.