EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.826/12
ARTICULO 1º: Autorízase a la
Dirección de Juventud a la extensión del horario de
——————– culminación del Baile de los
Estudiantes, hasta las 6:00 hs.- El mismo se llevará a cabo en las instalaciones
deportivas del Club 9 de Julio, el día jueves 20 de Septiembre de 2.012, a
partir de las 23:30 hs.-
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
EXPTE. Nº 12.525/12.