EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 5.835/12

ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda por
vacaciones no gozadas a los Agentes Municipales

——————– Sra. Menedin, María José y
Sr. Palma, Jorge
por el monto de Pesos Ochocientos Sesenta y Tres con 32/100
($ 863,32) y Pesos Cinco Mil Novecientos Quince con 84/100 ($ 5915,84)
respectivamente, configurándose un total de Pesos Seis Mil Setecientos Setenta y
Nueve con 16/100 ($ 6.779,16). Referente a Expediente Administrativo Nº
4029-2919/12.-

ARTICULO 2º: La erogación resultante será
imputada a la Partida de Deuda Flotante del ———————– Presupuesto
vigente.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DOCE DIAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.544/12.