EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.856/12.
ARTICULO 1º: Convalidase el proyecto de
unificar los Espacios Verdes y la Reserva para
———————Equipamiento Comunitario según
los sectores, conforme al siguiente detalle:
- Qta. 773: Cede el Espacio Verde y Libre Público correspondiente a
- Qta. 1010: Cede el Espacio Verde y Libre Público
- Qta . 919: Cede Espacio Verde y Libre Público de la Qta. 910,
los inmuebles: Qta. 801, Pc 1 y Qta. 790, Pc 3 con las siguientes
superficies: 1.120,17 m2 y 794,99 m2 respectivamente.
correspondiente al inmueble: Qta. 791, Pc 1, superficie: 1.117,30 m2 y
Reserva para Equipamiento Comunitario de las: Qta 791, Pc1, Qta. 801, Pc 1 y
Qta. 790 Pc 3; superficies: 330 m2, 330 m2 y 226,90 m2 respectivamente.
Pc 3, sup. 1.256,60 m2 y Reserva para Equipamiento Comunitario de: Qta. 936
y Qta. 910 Pc 3, superficies: 617,52 m2 y 153,62 m2 respectivamente.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. 12.556/12.