EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.860/12.
ARTICULO 1º: Convalidase "Protocolo
Complementario Nº 1 al convenio Marco de
——————–Cooperación y Colaboración
celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y el Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Buenos Aires" referente al Programa "Empecemos
por Casa" cuyo objetivo es fomentar la regularización de los empleados del
servicio doméstico.-
ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.598/12.