EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5.861/12.
ARTICULO 1º: Convalidase "Protocolo
Complementario Nº 2 el convenio Marco de
——————– Cooperación y Colaboración
celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y el Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Buenos Aires" referente al Programa "Encuesta de
Indicadores del Mercado de Trabajo en los Municipios de la Provincia.-
ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.600/12.