EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.861/12.

ARTICULO 1º: Convalidase "Protocolo
Complementario Nº 2 el convenio Marco de

——————– Cooperación y Colaboración
celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B)
y el Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Buenos Aires"
referente al Programa "Encuesta de
Indicadores del Mercado de Trabajo en los Municipios de la Provincia.-

ARTICULO 2º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.600/12.