EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5922/12
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Social la
Escrituración del Inmueble del Sr.Pelucca
———————– Claudio– D:N:I:
21.132.202, Circ.I, Sec. J, Qta683, Mz -683-b, Pc19, de la ciudad de Chacabuco,
Partido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno
de la Provincia de Buenos Aires según Ley 10.830 arts. 2º y 4º Inc. C y D.
Referente a Expte. Administrativo Municipal Nº 4029-5507/12
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DOCE.
EXPTE. Nº 12.708/12.