EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 5924/12

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Cooperativa
Eléctrica de Chacabuco, al uso del espacio

Publico en calle Primera Junta 12 y Zapiola
nomenclatura Catastral: Cir,I Secc.A, Mz 56, Subparc1, para la construcción
subterránea e instalación de un equipo de conexión telefónica

ARTICULO 2º : Los solicitantes serán
responsables por accidentes u otros inconvenientes que

———————– puedan surgir durante lo
peticionado.-

ARTICULO 3º : Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo

—————— Municipal a los efectos de acatar
el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacio
Publico

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.723/12