EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5973/13.
ARTICULO 1º: Convalidase el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de
——————– Chacabuco y la Asociación Pro Hogar Abuelos de O’ Higgins sobre el ex Convento de la Congregación de Hermanas Hijas de Santa Ana.
ARTICULO 2º: Ampliase el objeto otorgado a los fondos obtenidos con la emisión de títulos de
——————– deuda municipal, efectuada a través del “Fideicomiso Chacabuco” (art. 2 y cc. Ordenanza Nº 4931/09 y sus modif.), a los fines de realizar obras de acondicionamiento y adecuación de las instalaciones del ex convento de la localidad de O’ Higgins para futuro servicio de geriatría afectando la suma de pesos doscientos cincuenta y seis mil ciento ochenta y tres con dieciséis centavos ($ 256.183,16 )
ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 12.838/13.