EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5975/13
ARTICULO 1º: Autorízase a la Escuela de Actividades Culturales de la localidad de Rawson, Partido de Chacabuco (B), al uso del Espacio Público – Corte de calles: C. Sangiani, entre Av. Chacabuco y Pte. Perón de la mencionada localidad; el día 3 de marzo del cte. año en el horario de 8 a 23hs. con motivo de realizarse los Festejos por el Aniversario de dicha localidad.-
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc)
——————- será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 4º : Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo
—————— Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacio Publico
ARTICULO5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE
Expte. 12.800/13