EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5998/13
ARTICULO 1º: Exímase a la Asociación Miguel Máximo Gil, de abonar en un 50% lo exigido según Ordenanza de Rifas Nº 2402/00, en su artículo 8, apartado 8.1.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 12.814/13.