EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6035/13

 

ARTICULO 1º: Autorízase a la “Comunidad Mapuche Chacabuco, el uso de  Espacio     Público en plaza 5 de Agosto, desde las 18 hs. del día  22 de Junio hasta las 18 del día 23, Motivo: Nombramiento Longko de la comunidad de Chacabuco.

 

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

 

ARTICULO 3º : La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc)

——————- será afrontada por el solicitante.-

 

ARTICULO 4º El peticionante deberá colocar dos baños químicos dentro del espacio publico      autorizado en el artículo 1.

 

ARTICULO 5º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo              los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.

 

EXPTE. Nº 12.931/13.