EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6035/13
ARTICULO 1º: Autorízase a la “Comunidad Mapuche Chacabuco”, el uso de Espacio Público en plaza 5 de Agosto, desde las 18 hs. del día 22 de Junio hasta las 18 del día 23, Motivo: Nombramiento Longko de la comunidad de Chacabuco.
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º : La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc)
——————- será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 4º El peticionante deberá colocar dos baños químicos dentro del espacio publico autorizado en el artículo 1.
ARTICULO 5º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 12.931/13.