EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6132/13
ARTICULO 1º: Condónese en un 50% la deuda por Tasa Derecho de Construcción, que grava el inmueble, propiedad de “Confederación Evangélica Bautista”, con domicilio en calle 25 de mayo y Gutiérrez de la ciudad de Chacabuco (B), identificado catastralmente como: Circ. I, Sección J, Mza. 676-a, Parcela 4 y 5; Partidas Inmobiliarias Nº 22231 y 22232. Expediente Administrativo: 4029-6183/2011.——————————–
ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
EXPTE. Nº 13.018/13.-