EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6267/14

 

ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre Municipalidad de Chacabuco  (B) y la “Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires”, para la realización de tareas en caminos de la Red Vial Provincial de Tierra.-

 

ARTICULO  2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.482/14.-