EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6267/14
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre Municipalidad de Chacabuco (B) y la “Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires”, para la realización de tareas en caminos de la Red Vial Provincial de Tierra.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 13.482/14.-