EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6295/14

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Bernardino Mora, DNI 32.176.785, al uso del Espacio Público, por el plazo de (3) años para la explotación del Kiosco situado en la calle San Luis entre Avenida Garay y calle Pringles (sobre vereda del Hospital Municipal del Carmen) de nuestra ciudad. Dicho plazo se contará a partir de la aprobación de la presente de  Ordenanza Municipal.-

 

ARTICULO 2º: El peticionante deberá ajustarse a todo lo dispuesto en la Ordenanza  Municipal Nº 2022/07, siendo el Departamento Ejecutivo Municipal quien controlará el cumplimiento de la legislación vigente para tal fin.-

 

ARTÍCULO 3º:El Departamento Ejecutivo Municipal controlará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente, a cuyo efecto deberá el peticionante realizar los tramites pertinentes ante la oficina Municipal correspondiente.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte del solicitante al Departamento Ejecutivo  Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.426/14.-