EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6307/14
ARTICULO 1º: Autorizase a la Sociedad de Fomento 9 de Julio,el uso del Espacio Público el día 27 de julio de 2014, a partir de las 14 hs., de calles de nuestra ciudad, comprendido por la intersección de Avdas. Miguel Máximo Gil y Saavedra, siguiendo hasta calle 9 de Julio y luego continuando por la misma hasta calle Casasco, donde se encuentra la sede social de dicha entidad. Motivo: Paseo Criollo.-
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 13.606/14.-