EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.416/14
ARTICULO 1º: Autorizase a la “Comunidad Mapuche”, el Uso del Espacio Público de la plaza plaza “5 de Agosto”, los días 23 y 24 de enero de 2015, en el horario de 20hs. hasta las 00.00hs., y el día 25 de enero de 2015, en el horario de 20 hs. hasta las 01:00hs. con, motivo de la realización del Festival de la “Comunidad Mapuche”.-
ARTICULO 2º: La autorización conferida en el artículo 1º, estará sujeta a las siguientes
condiciones:
A) Colocación de 2 baños químicos.-
B) Limpieza del lugar al cierre de cada jornada del espectáculo.-
ARTICULO 3º: Todo expendio de sustancias alimenticias, deberá contar con los respectivos certificados de control bromatológico.-
ARTICULO 4º: La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc) será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 5º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 6º: Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacio Público.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 13.862/14.-