EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.416/14

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la “Comunidad Mapuche”, el Uso del Espacio Público de la plaza  plaza “5 de Agosto”, los días 23 y 24 de enero de 2015, en el horario de 20hs. hasta las 00.00hs., y el día 25 de enero de 2015, en el horario de 20 hs. hasta las 01:00hs. con,  motivo de la realización del Festival de la “Comunidad Mapuche”.-

 

ARTICULO 2º: La autorización conferida en el artículo 1º, estará sujeta a las siguientes

condiciones:

A) Colocación de 2 baños químicos.-

B) Limpieza del lugar al cierre de cada jornada del espectáculo.-

 

ARTICULO 3º: Todo expendio de sustancias alimenticias, deberá contar con los respectivos certificados de control bromatológico.-

 

ARTICULO 4º: La Erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguro etc) será afrontada por el solicitante.-

 

ARTICULO 5º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacio Público.-

 

ARTICULO  7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.862/14.-