EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.568/15

 

ARTICULO 1º: Autorizase la Excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 2322/00 al Sr. Gustavo Emilio Bertinatto, y la Sra. Elisa Josefina Aragón, permitiéndosele construir en el inmueble designado catastralmente: Circunscripción: I,  Sección: A, Manzana 11, Parcela: 17, Partida Inmobiliaria: 026-7571, de la ciudad de Chacabuco (B); conforme a los siguientes indicadores urbanísticos: FOT: 3; Densidad: 800 Hab./Ha, Altura Máxima 21 metros.-

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EL DIA UNO DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

 

Expediente 12.969/13.-

Expediente 13.255/14.-