EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.568/15
ARTICULO 1º: Autorizase la Excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 2322/00 al Sr. Gustavo Emilio Bertinatto, y la Sra. Elisa Josefina Aragón, permitiéndosele construir en el inmueble designado catastralmente: Circunscripción: I, Sección: A, Manzana 11, Parcela: 17, Partida Inmobiliaria: 026-7571, de la ciudad de Chacabuco (B); conforme a los siguientes indicadores urbanísticos: FOT: 3; Densidad: 800 Hab./Ha, Altura Máxima 21 metros.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EL DIA UNO DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
Expediente 12.969/13.-
Expediente 13.255/14.-