EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.603/15
ARTICULO 1º: Apruébese el Plan de Municipal de Gestión de Riesgos y Emergencias del partido de Chacabuco (B), que provee las estrategias de mitigación para posibles riesgos, y las claves para responder a emergencias y/o desastres que amenacen la vida, la propiedad y el medio ambiente en el partido de Chacabuco (B).-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.372/15.-