EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.653/15

 

ARTICULO 1º: Convalidase  el Convenio de Cooperación  celebrado entrela Municipalidad de Chacabuco (B)  a cargo de la Casa del Niño “Belén” y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, referente al otorgamiento de una  subvención para la atención gratuita de Ocho (8) niños de 6 a 14 años de edad.-

 

ARTICULO  2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente 14.542/15.-