EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.682/15
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, referente a la realización de tareas en caminos de la Red Vial provincial de Tierra, mediante la puesta a disposición del Municipio de diversos equipos; a saber: Una Motoniveladora, una Pala Cargadora, Un Camión Volcador, Una Retroexcavadora.–
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.613/15.-