EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6.687/15
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entrela Municipalidad de Chacabuco (B)y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, referente a la incorporación del Municipio a la Programación, Desarrollo y Ejecución del Plan Provincial denominado “MAS VIDA”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Expediente 14.629/15.-