EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.687/15

 

ARTICULO 1º: Convalidase  el Convenio celebrado entrela Municipalidad de Chacabuco (B)y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, referente a la incorporación del Municipio a la Programación, Desarrollo y Ejecución del Plan Provincial denominado “MAS VIDA”.-

 

ARTICULO  2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

—————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente 14.629/15.-