Ord. 794/89, Renuévase el permiso precario por el  término de tres (3) años, a partir del día 27 de mayo de 1989, de acuerdo a las especificaciones establecidas en el Art. 20º del Decreto Ley nº 16.378/57 con las modificaciones de la Ley 7396, a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CHACABUCO LTDA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la Siguiente; ORDENANZA Nº 794/89 ARTICULO 1º: Renuévase el permiso precario por el  término de tres (3) años, a partir del día 27 de mayo de 1989, de acuerdo a las...

Ord. 790/89, Las Instituciones autorizadas a efectuar Rifas en el Partido de Chacabuco, en el presente año podrán incrementar el precio de los números no vendidos a la fecha en forma proporcional al mayor costo que hubieran sufrido los premios que se sorteen.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la Siguiente; ORDENANZA Nº 790/89 ARTICULO 1º: Las Instituciones autorizadas a efectuar Rifas en el Partido de Chacabuco, en el presente año podrán incrementar el precio de...