Ord. 367/86, La Pulverización y/o Fumigación hasta 1.000 metros a contar del ejido urbano en las Localidades de O’higgins, Rawson y Castilla deberán ser comunicada a la Secretaría de Salud y Acción Social o Delegación Municipales por nota firmada por Asesor Técnico, el cual dejará constancia del lugar,  productos a utilizar y características de los equipo de aplicación.

  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente ORDENANZA Nº 367/86 ARTICULO 1º: La Pulverización y/o Fumigación hasta 1.000 metros a contar del ejido urbano en las Localidades de O’higgins, Rawson y...

Ord. 366/86, Convalidase Decreto Nº 136/86

  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente ORDENANZA Nº 366/86 ARTICULO 1º: Convalidase el Decreto Municipal Nº 136-86.———- ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo...

Ord. 364/86, Convalidase Decreto Nº 99/86

  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente ORDENANZA Nº 364/86 ARTICULO 1º: Convalídase el Decreto Municipal Nº 99-86.———— ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento...