EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.026/91.-
ARTICULO 1°: Se delimita
para la Fiesta del Maíz de 1991, las siguientes arterias en la ciudad de
Chacabuco:
– Avenida Alsina numeración 1 al 50.-
– Avenida Saavedra numeración 50 al 100.-
– Calle Belgrano desde Padre Doglia hasta Reconquista.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-