EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.229/93.-

 

ARTICULO 1°: Declárese de
utilidad pública y pago obligatorio a los propietarios o poseedores a título
de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación
de la Red de Desagües Cloacales, en calles de nuestra Ciudad:

-GUEMES e/Sarmiento e Italia (acera impar).-

-LINIERS e/Duberty y Viamonte (acera par).-

-GUTIERREZ e/Ate. Brown y Belgrano (ambas aceras).-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTRITRES DIAS DEL MES DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-