EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDDENANZA N° 1.229/93.-
ARTICULO 1°: Declárese de
utilidad pública y pago obligatorio a los propietarios o poseedores a título
de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación
de la Red de Desagües Cloacales, en calles de nuestra Ciudad:
-GUEMES e/Sarmiento e Italia (acera impar).-
-LINIERS e/Duberty y Viamonte (acera par).-
-GUTIERREZ e/Ate. Brown y Belgrano (ambas aceras).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTRITRES DIAS DEL MES DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-