EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.279/93.-

 

 

ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la
tarea desarrollada por L.T. 36 Radio
Chacabuco".—————————————————————

 

ARTICULO 2°: Destacar la importancia labor cultural
y comunitaria desarrollada en sus veinte años de vida en beneficio de toda la
Comunidad de Chacabuco y su
zona.————————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-