EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDDENANZA N° 1.279/93.-
ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la
tarea desarrollada por L.T. 36 Radio
Chacabuco".—————————————————————
ARTICULO 2°: Destacar la importancia labor cultural
y comunitaria desarrollada en sus veinte años de vida en beneficio de toda la
Comunidad de Chacabuco y su
zona.————————————————-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-