EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2154/99
ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueño con frente
a la obra, la extensión de red de gas natural en las siguientes calles:
-USPALLATA e/Andes y Av. Miguel Gil (acera impar).-
-AV. MIGUEL GIL e/Uspallata y Velez Sarsfield (ambas
aceras).-
-AV. MIGUEL GIL e/Velez Sarsfield (ambas aceras).-
– DORREGO e/ 12 de Febrero y 9 de Julio (acera impar).-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO , A LOS SEIS DIAS DEL MES AGOSTO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-