EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:

ORDENANZA NRO. 2.472/2000.-

ARTICULO 1: Convalídase el
convenio Solidaridad firmado el día 19 de

——————- octubre de 1999, entre el instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco, para
la construcción de veintiocho (28) módulos de vivienda.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

 

DADO: EN LA SALA DE SEIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-