EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.735/2001
ARTICULO 1°: Autorízase a los integrantes de la
Murga Guardal Parche, la utilización del espacio público de la Avenida
Alsina entre calles Belgrano y Rivadavia el día domingo 22 de julio de 2001
desde las 20:00 hs. a 22:00 hs. aproximadamente, para la realización de un
espectáculo público de dicha Murga con integrantes de Murgas de localidades
vecinas.—————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal para acatar la normativa
vigente respecto a la autorización del espacio
público.———————————————————————————
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL UNO.-
EXPTE.NRO. 6.606/01