2954

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.954/02

ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a
vender la tierra obtenida de los trabajos de excavación realizados en el Parque
Recreativo a fin de realizar el Velódromo
Municipal.—————————————————————————————-

ARTICULO 2°: Aféctese el producido de la venta a la
Comisión de Ciclismo a fin de que con esos fondos se continúen las obras de
construcción del mencionado Velódromo.—-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-

EXPTE. N° 7.207/02