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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A N° 3.211/03

 

ARTICULO 1°: Convalídase Contrato General de Obra
Cordón Cuneta (Ampliación) en O’Higgins, celebrado entre Cooperativa Eléctrica
de Chacabuco Ltda. y esta Municipalidad oportunamente suscripto entre las
partes, para la ejecución de la obra ampliación en una cuadra del Plan Original
de 5 cuadras y 3 bocacalles, ubicada en O’Higgins, Partido de Chacabuco, la
cuadra de cordón cuneta que se agrega al contrato original es en calle Junín
entre 25 de Mayo y Lavalle de O’Higgins.—————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL TRES.-

 

EXPTE. NRO. 7.829/03