EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.276/06
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a aceptar la donación de ——————— medicamentos, efectuado
por la Embajada de la Soberana y Militar Orden de Malta en la Argentina, según
se detallan en el expediente administrativo nro. 9.782/06; conforme lo dispuesto
en los artículos 57º y 187 º y ccs. de la Ley Orgánica Municipal.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9.782/06