EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5139/10.-

ARTICULO 1º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la Licitación Privada para la
————————— ejecución "Construcción de Cuatro (4)
viviendas en la Localidad de Rawson Partido de Chacabuco"
, como único
oferente. Según Expte. Administrativo Nº 4029-0933/10, (Plan Federal –
Subprograma Federal de Construcción de Viviendas con Municipios).-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

————————

DADO: EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL NUEVE.-

EXPTE. Nº 11.295/10.-