EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5670/12
ARTICULO 1º: Designase con el Nombre de
"Bandera Argentina" a la calle Nº 332 de ———————- la ciudad
de Chacabuco (B).-
ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento
Ejecutivo Municipal efectúe la señalización
——————– correspondiente, a través del
área respectiva.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.
EXPTE. 12.152/11.