EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5670/12

ARTICULO 1º: Designase con el Nombre de
"Bandera Argentina" a la calle Nº 332 de
———————- la ciudad
de Chacabuco (B).-

ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento
Ejecutivo Municipal efectúe la señalización

——————– correspondiente, a través del
área respectiva.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DOCE.

EXPTE. 12.152/11.