EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 5.810/12

ARTICULO 1º: Amplíase el Artículo 1º de la
Ordenanza Nº 5.786/12, el que quedará

——————– redactado de la siguiente
manera: ARTICULO 1º:
Autorízase a la Secretaría de Juventud y
Deportes
, al Uso del Espacio Público en las siguientes calles de esta
ciudad: Reconquista, entre San Martín y Pueyrredón; Pueyrredón, entre
Reconquista y Avda. Saavedra; San Martín, entre Avda. Alsina y Primera Junta;
San Juan entre Pueyrredón y San Martín, el día 12 de Agosto de 2.012, de 8:00 a
20:00 hs. Motivo: Festival del Día del Niño organizado por Gremios de esta
ciudad y auspiciado por la Municipalidad

de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.499/12.