EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 983/91.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red de
desagües Cloacales en las siguientes calles:
LINIERS e/Rocha y Duberty (acera par).-
ESPORA e/Balcarce y Villegas (ambas aceras).-
ESPORA e/ La Plata y Villegas (aceras par).-
ESPORA e/ La Plata y Villegas (acera impar).-
ESPORA e/ La Plata y Junín (acera par).-
LA PALATA e/Espora y A. de Vera (acera par).-
AVENIDA ALSINA e/Conesa y Guemes (acera par).-
VILLEGAS e/ Espora y Av. de Vera (acera impar).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-