EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  6.819/16

ARTICULO 1º: Exímase a ALCEC CHACABUCO “Asociación de Lucha contra el Cáncer” del pago del 50% de la Tasa establecida según Ordenanza Nº 2.402/00, para el BONO CONTRIBUCION que la Institución pondrá en circulación, a fin de recaudar fondos para adquirir los medicamentos necesarios para afrontar la enfermedad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

Expediente 14.879/16.-