EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.166/17

 

ARTICULO 1º: Autorizase a Club Atlético Argentino, el Uso del Espacio Público y corte de calle Liniers entre Sarmiento y Santiago del Estero de la ciudad de Chacabuco, el día 1º de mayo de 2.017, de 14:30 a 16:30 hs. Motivo: Desfile Criollo en el marco de la Fiesta Artesanal del Ladrillo.-

ARTÍCULO 3º:Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes  que puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

 

ARTICULO 5º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros,  etc.), será afrontada por el solicitante.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO  7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

Expediente Nº 15.672/17.-