VISTO:

Que el expediente Nº 17.316/19, en el que se solicita: Declárese de interés Municipal y legislativo el ¨Vino Chacabuco¨ y “Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Chacabuco” al Señor Jorge Falasco, en nombre de una familia que aportó a que el nombre Chacabuco, esté en primera plana en todo el país.

Y CONSIDERANDO:

– Que, el Vino marca Chacabuco de la Bodega los Haroldos, tiene presencia en todo el territorio nacional y en más de 30 países, llevando el nombre y la historia de nuestro pueblo a lo más alto.

– Que, el vino marca “Chacabuco”, representa la historia de la familia Falasco, donde se sitúa el origen de lo que hoy es una bodega de reconocimiento internacional.

– Que, el nombre del vino Chacabuco, es un homenaje de la familia Falasco a nuestra ciudad, que revive valores, costumbres, tradiciones, y encuentros con lugares y personas de nuestro pueblo que le dan vida al vino Chacabuco.

– Que, desde 1939 la familia Falasco se mantiene arraigada a la industria vitivinícola, que comenzó con Haroldo, o “Don Lolo”, como lo llamaban todos, recorriendo en su bicicleta las calles de Chacabuco.

– Que, los hijos y nietos de Haroldo han creado una empresa familiar que ha llevado, a que el nombre Chacabuco sea renombrado en todo el país, llevando con el vino los sueños y la historia de nuestra comunidad, con una Bodega de altísima calidad.

– Que, Jorge Falasco amerita ser reconocido como un hijo de nuestra ciudad que aportó, a que, mediante la producción de un vino de calidad, los vecinos nos podamos sentir orgullosos.

– Que, la familia Falasco ha contribuido además con nuestra ciudad generando una gran cantidad de empleos, hasta que en el año 1984 se sancionó la ley 23149, que establece que el fraccionamiento de vinos, deberá realizarse exclusivamente en las zonas de origen de producción de las uvas.

– Que, durante la gestión de Julián Domínguez, se declaró el Vino Argentino como bebida nacional, poniendo énfasis en la difusión de las características culturales que implica la producción, elaboración y consumo de vino argentino y sus tradiciones, que permitió además que la promoción de la imagen e isologo del Vino Argentino, en todo tipo de eventos oficiales en el país y en el exterior, promocionando, además, el desarrollo de las economías regionales a partir de acciones relacionadas con actividades de servicios vinculadas al sector vitivinícola.

– Que, mediante el proyecto, se pretende revalorizar el trabajo humano vinculado a la producción desde el viñedo hasta la comercialización.

– Que, el Artículo 4º de la Ordenanza 6220/14 expresa: ¨ La distinción de CIUDADANO ILUSTRE DEL PARTIDO DE CHACABUCO será otorgada a personas nacidas en el distrito o que hayan residido en él durante diez (10) años y que tengan una excepcional y reconocida obra o trayectoria en el campo de la política, la ciencia, la cultura, el deporte o en defensa de los derechos humanos. Podrán ser otorgadas un máximo de tres (3) distinciones anuales.¨

Por Ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 8155/19.

ARTÍCULO 1: Declárese de Interés Municipal y Legislativo el “Vino marca ¨Chacabuco¨.

ARTÍCULO 2: Declárese “Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Chacabuco” al Señor Jorge Falasco, en representación de una familia que contribuyo a que el nombre Chacabuco, esté en primera plana en todo el país.

ARTÍCULO 3°: Entréguese copia de la presente ordenanza, con sus vistos y considerando, al Sreñor Jorge Falasco.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE

 

Expediente Nº 17.316/19