EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.563/22

ARTICULO 1º: Concédase la excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos y Costumbres Nº 7494/18, Decreto 61/19, autorizando, al Sr. Hugo Omar Arrieta, DNI 5.527.149, a desarrollar su actividad comercial consistente en la instalación de un depósito de soda y agua, en el inmueble individualizado en catastro como: Nomenclatura Catastral: Circ: I, Sec: C, Ch: 125, Manz: 125 “d” Parc: 21. Partida: 28913, por un plazo máximo y perentorio de 3 años, contados a partir de la promulgación de la Ordenanza que a tales fines se sancione.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 961, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expte. Nº 19.787/22