EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.694/23

ARTICULO 1º: Autorícese al Sr. Franco López, DNI:41.135.348, el Uso del Espacio Público en intersección de calles Almirante Brown y Padre Doglia, de la ciudad de Chacabuco, el día 16 de abril de 2023, en el horario de 11:00 hs. a 21:00 hs.

Motivo: Entrega de folletería partidaria.

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas y equipo de sonido.

Artículo: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo del evento mencionado en el artículo 1º.

ARTÍCULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 968, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.048/23