EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 ORDENANZA N° 9702/23

ARTICULO 1º: Concédase por tiempo indeterminado, la excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 7494/18, autorizando al Sr. José Daniel de la Vega, DNI: 23.735.187, para funcionamiento de un pelotero ubicado Catastralmente en 1-C-0-0-0-160- B-22/23, Calle 157 Nº 207/201, entre Acceso Hipólito Yrigoyen y prolongación de Olavarría, Barrio Mataderos, de la ciudad de Chacabuco.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 968, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 17.903/20