EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.758/23

ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Sra. Clavijo, Camila Elizabeth, DNI 38.419.355, el uso exclusivo de espacio público para estacionamiento vehicular y pintado de cordón amarillo frente a su domicilio en calle San Martín N° 161 de la Ciudad de Chacabuco. El mismo deberá tener seis (6) metros de largo frente a su domicilio, a contar a partir del eje medianero, incluyendo el espacio de garaje. La presente autorización se funda en la discapacidad que padece la peticionante.

ARTÍCULO 2º: El uso del espacio exclusivo para estacionamiento vehicular, tendrá una validez de dos (2) años a partir de la promulgación de la presente, con opción a renovación y/o caducidad si cesare el causal de la presente solicitud.

ARTÍCULO 3º: El pintado de cordón amarillo y/o la instalación de discos u otra señalética será por cuenta y cargo del peticionante.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 971, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expte. Nº 20.134/23