EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.760/23

ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Sra. Yanina Cejas Bordón, DNI 40.300.564, al Uso de Espacio Público, para la colocación de un toldo sobre la vereda de  Avenida Garay Nº 193, de la ciudad de Chacabuco, donde se ubica un comercio del rubro gastronomía, cuyas dimensiones se detallan en el croquis que se adjunta a la presente como anexo I, debiendo respetarse la condición de columnas emplazadas a 0,8 metros de distancia al lado interno del cordón, sin obstruir el desplazamiento de las personas.

ARTÍCULO 2º: El Uso de Espacio Público tendrá una validez de 2 años, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, con opción de renovación o caducidad, si cesare la actividad comercial en el domicilio indicado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal controlará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente, debiendo el peticionante realizar los trámites pertinentes ante la dependencias municipales que corresponda.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 971, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expte. Nº 20.112/23