EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.785/23

ARTÍCULO 1º: Condonase al Sr. Ismael Acosta D.N.I. 4.978.795, la deuda existente por Tasa de Alumbrado Barrido y Limpieza, por un monto de cincuenta y seis mil cuatrocientos veintiocho pesos con siete centavos ($56.428,07), del Inmueble que se designa Catastralmente como: Circunscripción: I, Sección; J, Manzana; 526 C, Manzana 648 D, Parcela; 10. Partida: 1452900-0 del ejido de Chacabuco. Expte. administrativo 4029-4556/21

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 972, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 18.934/21