EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.810/23

ARTICULO 1º: Autorizase a RED G.A.S, y en representación al Sr. Claudio Varela, el uso de espacio público para apertura de zanjas y ocupación de la vía pública para extensión de red de gas natural en calles que a continuación se detallan:

Proyectos de Camuzzi Gas Pampeana S.A.

  • N° 08-007601-00-23, sector comprendido por:
  • Calle Junín y Andrés de Vera, de la Ciudad de Chacabuco.

 

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-3550/23.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 973, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.230/23