EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.899/23

ARTICULO 1º: Convalídese el contrato de locación celebrado ente la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Víctor Aiola, DNI: 22.120.807 y la Sociedad Rural de Chacabuco, representada por el Sr. Sebastián Julio Sofía, DNI: 23.717.168, por el inmueble ubicado en calle Alvear Nº 60, de la ciudad de Chacabuco, para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Guías, por el término de tres años, contados a partir del día 01 de septiembre de 2023, hasta el día 31 de agosto de 2026. El monto de la contratación se fija en base a la unidad de medida de doscientas catorce (214) guías de animales de venta directa a frigorífico. Dicha unidad de medida será la variable de ajuste a aplicar en el contrato de acuerdo al índice inflacionario.

ARTÍCULO 2º: Autorizase la afectación de futuros ejercicios.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 976, DEL PRIMERO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.366/23